El Proyecto de Ley 25 que modifica el Artículo 46 de la Ley 45 de 2007, tendrá un impacto en las empresas que importen, provean o fabriquen equipos o productos mecánicos, eléctricos, electromecánicos, electrónicos, mobiliarios y otros bienes de naturaleza análoga, incluyendo vehículos de motor o equipos de tecnología sofisticada; ya que establece, entre otras cosas, las obligaciones del proveedor y fabricante en cuanto a la garantía de bienes de naturaleza análoga, con la obligación de que en caso de fallas, repararlos o reemplazarlos dentro de 30 días, siempre y cuando tengan domicilio en Panamá. De lo contrario, la responsabilidad recae en el proveedor. Para el caso de vehículos de motor o equipos sofisticados, el plazo de reposición es de hasta 105 días calendario.
Análisis del Proyecto de Ley No. 25 de 2024 que modifica el Artículo 46 de la Ley No. 45 de 2007 (Ley de Protección al Consumidor)
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AmCham Panama
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